La ventas de inmuebles y el problema de las zonas inundables

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El 13 diciembre 2024 un Decreto Ley, número 6/2024, ha cambiado las ventas en baleares.

En reacción a las consecuencias terribles de la DANA en valencia, la reacción del Consell de baleares ha sido rápida, a lo mejor demasiado rápida.

  • Lo primero de todo es que se establece una restricción a la aplicación del Decreto Ley 3/2024 relativo la legalización de las casas ilegales. Las casas que que se sitúan en zona de prevención de riesgos de inundación hasta que sea definidas las zonas de flujo preferente o inundables, que será el criterio para prohibir la construcción o la legalización.
  • No se podrá, y esto de manera preventiva, conceder ninguna licencia para la construcción de viviendas en zonas de protección APR inundación hasta que se establezca un mapa preciso de las zonas de flujo preferente o inundables que una vez establecida será el criterio para acordar o no una licencia.
  • Es necesario declarar en la venta de propiedades si la propiedad esta en una zona de riesgo, esto el Notario lo exige porque tiene obligación de hacerlo, de no informar el comprador, notarios y abogados podrían verse aplicar multas de entre 30.000 y 90.000 porque se considera una infracción grave. En las firmas de este principio de año una notaría nos  exigió certificación por el propietario de que la casa no estaba en zona inundable , otra trabajo con los mapas IDEIB

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